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Región de Valparaíso - Valparaíso
Casas en la playa se venden
18/9/2009 - 21:00 Horas.
aviso de remate judicial calle papudo 475 cerro concepcion valparaiso  
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REMATE JUDICIAL PROPIEDAD CERRO CONCEPCION
 
 
Bases Remate
Sucesión de Don Felix Cabrera Iñiguez
2.- Propiedad ubicada en calle Papudo 475 Cerro Concepcion Valparaiso, denominada casa habitacion apta para hostal, restaurant, Comuna Valparaiso, Quinta region, y sus respectivos derechos de aprovechamiento para construir sin perder la fachada por patrimonio de la Humanidad.
 
1.- CARACTERISTICA
a.- Dirección calle Papudo 475 Cerro Concepcion Valparaiso para hostal, restaurant
Propiedad ubicada , denominada aprovechamiento para construir sin perder la fachada por patrimonio de la Humanidad.
 
Roles de avalúo N° 3919-57.

b.- Descripción y Ubicación Estratégica de la Propiedad
Propiedad consistente en lotes ubicado al poniente de Paseo yervasonni.
Al costado poniente de calle Abtao se emplaza la porción individualizada como Macrolote ML-Uno, al norte de la calle Don Humberto. Tiene frente principal a la Calle Papudo  475 y frente secundario al Paseo Yervasonni por el poniente.
Corresponde a un sector de uso mixto, con comercio, equipamiento y servicios por ambos costados de la Calle Papudo, principalmente hacia el sur con Rene Azocar, en tanto que hacia el norte es prácticamente de escala vecinal. Papudo es la principal arteria que estructura el sector y lo conecta con el centro de la ciudad.
Por el Ascensor Turry
La Calle Prat es el eje conector entre los sectores nor-oriente y nor-poniente de la ciudad, y en los últimos años, además del uso turistico inicial, se la ha ido dotando de infraestructura comercial, incluyendo un Mall de reciente construcción cercano a los 14 asientos.
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Estos lotes son de topografía plana, de forma regular.
Macrolote ML-1 (Parcela 5-6 Poniente): Está comprendida entre las avenidas .
Hacia el oriente deslinda con la calle Juan Solari y hacia el sur delimita con el Carlos Chantillon que lo separa de otros inmuebles.
Topografía plana, con pendiente natural mínima, terreno de forma irregular, alargado en sentido oriente-poniente.
c- Superficie y Deslindes
En el deslinde sur del terreno cruza el al paseo Yervasonni, para el cual se existe  destinada a protección, mantención y limpieza, con una superficie de 8.484,62 m2 (M.O.P).-
También el Plan Regulador consulta la apertura del Aeropuerto Nuevo Valparaiso, los turistas llegan directo a 300 metros de la propiedad Papudo 475, con un perfil proyectado de 30 m., bajo el actual tendido eléctrico de alta tensión que cruza en diagonal al poniente Calle Papudo. Según medición del plano, esta franja encierra una superficie de 7.652,60 m2 más 3.856,08 m2.
En consecuencia, la superficie útil a considerar para el terreno es de 49.803,5 m2, de acuerdo a lo señalado en el Plano protocolizado con el Nº 62, repertorio16.396, de fecha el 8 de Septiembre de 2005.
c1.2.- Superficie
c.2.1).- Superficie Bruta total de 69.796,8 m2 y Superficie Útil total de 49.803,5 m2, de acuerdo a lo señalado en el Plano protocolizado con el Nº 62, repertorio16.396, de fecha el 8 de Septiembre de 2005.
c.1.2).- Deslindes:
Norte : En línea sinuosa de aproximadamente 546, 69 mts. con diversas propiedades.
Al Sur : En línea sinuosa de aproximadamente 489,68 mts. con diversas propiedades, Paseo Yervasonni.
Al Oriente : En aproximadamente 210,41mts. con Calle Abtao.
Al Poniente : En aproximadamente 120,05 mts. con Calle Gay Sesereu.

Ordenanza Plan Regulador de Valparaiso
PÁRRAFO 2 USOS DE SUELO Y NORMAS DE EDIFICACIÓN POR ZONAS.
I) Zonas de equipamiento y mixtas:
ARTICULO 40: Zona ZC1 Equipamiento (Centro Comunal)
a. Condiciones de uso de suelo:
a.1 Usos permitidos: Residencial; Equipamiento de: Comercio, Culto y Cultura, Deportes, Educación, Esparcimiento, Salud, Seguridad, Servicios y Social; y Área Verde. Respecto a las escalas de estos equipamientos, se encuentran señaladas en el artículo 23 de la presente Ordenanza, según lo dispuesto en el artículo 2.1.36 de la Ordenanza General
a.2 Usos restringidos: Residencial, se permite sólo a contar del segundo piso. Equipamiento deportivo, se permite sólo en recintos cerrados. Equipamiento de: Esparcimiento; Culto y Cultura y Seguridad se permite sólo frente a calles de perfil igual o superior a 15 m. Clubes Sociales, Discotecas y Restaurantes que cumplan con las normas vigentes del Servicio de Salud del Ambiente y frente a calles de perfil de 15 m. o más.
Hoteles, se permiten sólo aquellos que cuenten con clasificación vigente de SERNATUR y sólo frente a calles de 15 m. o más.
Estacionamientos, no se permiten en una franja de 10 m de profundidad medidas desde la línea oficial hacia el interior de la Propiedad y a nivel de suelo.
a.3 Usos no  prohibidos: Todos los locales destinados exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas; Quintas de recreo, hosterías, moteles, hospederías y residenciales. Además se no se prohíben todos aquellos usos de suelo no mencionados como permitidos y los restringidos que no cumplan con las condiciones establecidas en esta Ordenanza.
b. Condiciones de subdivisión y edificación:
b.1 Superficie predial mínima frente a la puerta de Rene Azocar: 480 m2 b. 1.1 Superficie predial mínima para el resto de la zona: 360 m2.
b.2 Coeficiente máximo de constructibilidad: 2,5
b.3 Porcentaje máximo de ocupación de suelo: 80%
b.4 Sistema de agolpamiento: continuo, se permite edificación aislada y/o pareada partir del segundo piso de la edificación continua, con distanciamientos según Ordenanza General con tope de 14 metros.
b.5 Altura máxima de la edificación: 14 metros.
b.6 Antejardín: sin antejardín.
b.7 Estacionamientos: aquellos señalados en el artículo 31 sobre normas generales de estacionamientos según usos de suelo.
b.8 Densidad mínima bruta: 150Hab/a.C.
b.9 Densidad máxima bruta: 400 hab./há.
III) Zonas preferentemente residenciales:
ARTICULO 46: Zona ZH1 Residencial (Sector Antiguo)
a. Condiciones de uso de suelo:
a.1 Usos permitidos: Residencial; Equipamiento de: Comercio, culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad (solamente unidades policiales y cuarteles de bomberos), servicios y social; talleres artesanales y microempresas de carácter inofensivo; y Área Verde
a.2 Usos restringidos: Equipamiento de: culto y cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad y servicios, estas actividades se permiten sólo frente a vías de ancho igual o superior a 15 metros.
Terminales de locomoción colectiva urbana: se permite sólo en predios de tamaño superior a 5000 m2, y con frente a calles de ancho igual o superior a 25 metros. Siempre que cumplan con todas las normas establecidas para esta actividad en el capítulo 13 de La Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
Establecimiento de venta minorista de combustibles: Se permite solo frente a terrenos de superficie predial mínima de 500 m2 que tengan acceso directo a vías estructurantes, intercomunales o comunales cuyo ancho medio entre líneas oficiales sea igual o superior a 15 metros; y demás condiciones estipuladas en el artículo 7.1.3.3. y siguientes de la Ordenanza del P.R.M.S.
a.3 Usos no prohibidos: Todos los locales destinados exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas; discotecas, quintas de recreo, hosterías, moteles, hoteles, hospederías y residenciales. Se prohíben todos aquellos usos de suelo que no están expresamente permitidos y los restringidos que no cumplen con las condiciones establecidas por esta Ordenanza.
b. Condiciones de subdivisión y edificación para uso vivienda:
b.1 Superficie predial mínima: 160m2
b.2 Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,4
b.3 Porcentaje máximo de ocupación de suelo: 70%
b.4 Sistema de Agrupamiento: Aislado, pareado y continuo.
b.5 Altura máxima de edificación: 10,5 metros.
b.6 Antejardín: según lo establecido en el artículo 18 de la presente Ordenanza.
b.6.1 Para el Paseo Yervasonni, en el tramo comprendido entre Gay Sesereu se consulta un antejardín de 10 mts.
b.7 Densidad mínima bruta: 150 Hab/há.
b.8 Densidad máxima bruta: 400 Hab/há.
c. Condiciones de subdivisión y edificación para uso equipamiento:
c.1 Superficie predial mínima : 320 m2
c.2 Coeficiente máximo de constructibilidad : 1,5
c.3 Porcentaje máximo de ocupación de suelo: 50%
 
2.- PRECIO  POSTURA MÍNIMA DE LA PROPIEDAD
 UF: 1000
Vale Vista con 10% del Minimo como garantia, mas 5% Comision Martillero y mas
gastos de Escritura,.
30 dias como minimo para depositar saldo en Tribunales
Dia del Remate: 9 Octubre 2009
Visita de la propiedad: 8-18 horas a partir del 21 Septiembre.
Encargados: Isabel Marculietta y Don Juan Cabrera Ladrondeguevara
Retirar Bases en Calle Papudo 475 Cerro Concepcion
Valparaiso, Quinta Region

 




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